EL SENADO APROBAi?? POR UNANIMIDAD LA LEY PYME

EL SENADO APROBAi?? POR UNANIMIDAD LA LEY PYME

senado
Luego del debate en el Senado de la Ley que ya contaba con media sanciA?n de Diputados, y tras los reclamos histA?ricos realizados por la ConfederaciA?n Argentina de la Mediana Empresa (CAME), fue sancionada por unanimidad la Ley de Fomento de Inversiones para las Pymes, la cual presenta un programa de recuperaciA?n de las pequeAi??as y medianas empresas en crisis y establece un tratamiento impositivo y financiero especial para el impulso y fortalecimiento del sector.

A continuaciA?n, se detallan los principales puntos de la Ley, siendo varios de ellos pedidos concretos elaborados por CAME en base a reclamos histA?ricos:

1- Se establece el programa REPRO (Programa de RecuperaciA?n Productiva) y se suben los topes en un 50% para el caso de las pequeAi??as y medianas empresas en crisis, lo que significa que podrA?n recibir por medio de un trA?mite simplificado hasta 9.060 pesos (1.5 salarios mAi??nimos) por trabajador.

2- Las micro y pequeAi??as empresas podrA?n pagar el IVA a los 90 dAi??as de facturado.

3- Se elimina el impuesto a la ganancia mAi??nima presunta. Son 1.300 millones de pesos que se transferirA?n del Estado a las Pymes.

4- Cambios en el impuesto al cheque: las micro y pequeAi??as empresas pueden tomar el total del mismo como pago a cuenta del impuesto a las Ganancias, mientras que las medianas podrA?n descontar hasta el 50 %.

5- Los saldos impositivos a favor de las Pymes podrA?n ser compensados. Esto se podrA? hacer a travAi??s de las cuentas tributarias y, en el caso que no se pueda compensar automA?ticamente, se podrA? solicitar su devoluciA?n, que deberA? ser rA?pida. Para los saldos existentes antes de la presente Ley, se ofrecerA? un bono.

6- Esquema simplificado de tributos. Se declara la necesidad de establecer un esquema simple de determinaciA?n y liquidaciA?n de impuestos para las Pymes, esto es, la atenciA?n en una ventanilla A?nica que facilite la operatoria impositiva.

7- Fomento a la inversiA?n: las Pymes que realicen inversiones productivas, podrA?n computar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias un 10% sobre el valor de las mismas. A su vez, se le otorga un bono fiscal por una porciA?n del IVA invertido, es decir, se premia a las empresas que inviertan y generen puestos de trabajo.

8- Financiamiento: se establecen instrumentos financieros que le permitan a las Pymes un mayor acceso al crAi??dito y al capital de trabajo.

9- Se establece que los beneficios impositivos estipulados por esta Ley se incrementen entre un 5 % y 15 % para las economAi??as regionales.

10- EvoluciA?n y desarrollo de la cadena de valor: se crea un consejo Pyme que analizarA? las cadenas de valor, el comercio exterior y el otorgamiento de crAi??ditos productivos a micro, pequeAi??as y medianas empresas. El mismo monitorearA? la situaciA?n de las Pymes regionales y propondrA? medidas adicionales.

11- El Ministerio de Ciencia, TecnologAi??a e InnovaciA?n Productiva darA? asistencia a las Pymes en procesos de inversiA?n tecnolA?gica.

CAME celebra la sanciA?n de la Ley en un contexto preocupante de caAi??da de la actividad Pyme, que representa el sector mA?s productivo del paAi??s y de mayor generaciA?n de empleo.

Buenos Aires, 14 de julio de 2016