MEDIDAS DE ALIVIO PARA LAS PYMES

El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció a través de la Resolución 1416, publicada en el Boletín Oficial, una serie de medidas destinadas a proporcionar alivio fiscal a pequeñas y medianas empresas (pymes), trabajadores autónomos y pequeños contribuyentes en Argentina. Estas medidas fueron reveladas en un discurso pronunciado por el funcionario en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) será la encargada de implementar estas medidas, que abarcan un amplio espectro de áreas fiscales y se diseñaron para atender las necesidades de varios segmentos de contribuyentes y organizaciones sin fines de lucro registradas.

Una de las medidas más destacadas es la creación de un plan de facilidades de pago que permitirá a los contribuyentes cancelar sus obligaciones fiscales, aduaneras y de seguridad social vencidas hasta el 31 de agosto de 2023. Este plan estará disponible para las pymes con “Certificado MiPyME” vigente, personas físicas y sucesiones indivisas clasificadas como pequeños contribuyentes, así como para entidades sin fines de lucro registradas.

Además de este plan de facilidades de pago, la resolución también establece la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y la imposición de medidas cautelares, como embargos, para todos estos contribuyentes hasta el 31 de diciembre de 2023.

AFIP tiene que instrumentar un plan de facilidades de pago para la cancelación de las obligaciones impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social vencidas hasta el 31 de agosto

Seis medidas de alivio fiscal para pymes y autónomos

La resolución 1416 incluye seis medidas clave que buscan aliviar la carga fiscal de los autónomos y las pymes en Argentina:

  1. Plan de Facilidades de Pagos: Este plan se aplica a deudas vencidas al 31 de agosto, abarcando obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social para diversas categorías de contribuyentes, incluyendo micro, pequeñas y medianas empresas, personas físicas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro.
  2. Suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y medidas cautelares: Esta medida se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre y beneficiará a aquellos contribuyentes que deseen acogerse al Plan de Pagos.
  3. Prórroga de vencimientos de jubilación autónomos e IVA: Los vencimientos del pago de jubilaciones para autónomos se prorrogarán de septiembre a diciembre de 2023, al igual que los vencimientos del IVA para el mismo período fiscal, con excepciones específicas para directores de sociedades anónimas, gerentes de SRL y otros administradores de sociedades. Las nuevas fechas de vencimiento no podrán ser anteriores al 1° de marzo de 2024.
  4. Modificación de retenciones del Impuesto a las Ganancias para profesionales y oficios: La AFIP actualizará los importes de la escala y las alícuotas aplicables para el cálculo del Impuesto a las Ganancias en casos relacionados con el ejercicio de profesiones u oficios.
  5. Suspensión de exclusiones del Monotributo y bajas automáticas: Hasta el 31 de diciembre de 2023, se suspenderá el proceso de exclusión automática de los monotributistas que no hayan pagado 10 cuotas consecutivas.
  6. Nuevo régimen opcional de presentación de declaraciones juradas y pago de impuestos: A partir de enero de 2024, estará disponible un régimen opcional para la presentación de declaraciones juradas y el pago de impuestos. Los contribuyentes deberán realizar un pago a cuenta por cada obligación, según las condiciones establecidas por la AFIP.